Expediente en limbo jurídico por maniobra de acusados afecta a empresa Hilari Mayor
Santo Domingo. – Los jueces de las tres salas de la Cámara Penal de la Corte de Apelación del Distrito Nacional fueron recusados por lo que el expediente del fraude inmobiliario en Baní, Costa Dorada, de la empresa Hilari Mayor, que involucra más de 6 millones de metros cuadrados costeros, se encuentra en un limbo jurídico sin que las autoridades judiciales resuelvan esa situación.
Los jueces recusados son Julio Cesar Canó Alfau, juez presidente de la Cámara Penal de la Corte de Apelación del Distrito Nacional; Doris Pujols Ortiz, jueza presidenta de la tercera sala; Rafael Arntrongs Báez, Ramona Rodríguez, Nancy Joaquín Castillo, Isis Muñiz, Yuly Tamarís, Indhira Montás, Daniel Nolasco, presidente de la primera sala; Delio Germán, Luís Omar Jiménez, Rosalba Garib, Pedro Sánchez Rivera, presidente de la segunda sala y Mariana Daneira García.
El caso tomó un giro complejo con la recusación que hicieron los imputados contra los 16 jueces de la Cámara Penal de la Corte de Apelación del Distrito Nacional.
Mientras tanto, el juicio en el Segundo Tribunal Colegiado del Distrito Nacional está programado para el 28 de noviembre, es decir dentro de unos días.
Esta situación se suma a la demora de más de 9 meses en la celebración de la audiencia para conocer los recursos de apelación, lo que, junto con la mora judicial, podría favorecer alegaciones de prescripción y extinción de la acción penal.
Desde 2013, la operación tramposa ha afectado a las familias Mayol y Serrano, con décadas de tradición industrial, tras descubrirse una organización mafiosa que falsificó documentos y utilizó a una persona fallecida para vender acciones de la empresa Costa Dorada. El equipo legal, representando a las familias afectadas, denunció maniobras dilatorias para obstaculizar el proceso judicial dominicano en un intento por maniatar la justicia. El 8 de diciembre de 2022, tras la audiencia preliminar, se dictó la Resolución 063-2022-SRES-00416 y se excluyó a algunas sociedades querellantes.
El Ministerio Público y empresas como Hilari Mayol, S.A.S., presentaron recursos de apelación, cuestionando decisiones como la exclusión del proceso y la prescripción del uso de documentos falsos. La Primera Sala de la Cámara Penal de la Corte de Apelación del Distrito Nacional fue apoderada del caso, declarando admisibles los recursos el 20 de abril de 2023 y fijando una audiencia para el 1 de junio de 2023. Sin embargo, la defensa empleó tácticas dilatorias, incluyendo un recurso de oposición al auto de admisibilidad.
Esta acción logró aplazar la audiencia hasta el 26 de julio de 2023, esperando iniciar el conocimiento de los recursos. No obstante, la ausencia de abogados provocó un nuevo aplazamiento para el 1 de agosto de 2023, después de 56 días. El 1 de agosto de 2023, el licenciado Rodolfo Felipe, en representación de Rafael Olegario Helena Regalado, presentó recusación contra todos los jueces de la Primera Sala. La recusación, dirigida a la Suprema Corte de Justicia, suspendió la audiencia y dejó pendiente el conocimiento de los recursos.
El 8 de agosto de 2023, la recusación y sus opiniones de rechazo fueron remitidas a la SCJ. Según el artículo 81 del CPP, debió resolverse antes del 11 de agosto de 2023. Ante la demora, el 11 de septiembre de 2023, las partes presentaron una solicitud urgente al Pleno de la SCJ para el fallo de la recusación. La falta de respuesta llevó a una instancia de reiteración el 3 de octubre de 2023, junto con una solicitud de inhibición de la magistrada María Garabito, tía de una de las acusadas.
Los días 25 y 26 de octubre de 2023, luego de que pasaran tres semanas de la instancia de reiteración, la secretaría general de la SCJ notificó a las partes las resoluciones números 548-2023 y 549-2023, mediante las cuales notificaba la inhibición de magistrada Garabito, reconociendo que la imputada Ailec Paloma Soto Garabito era su sobrina.
Asimismo, la resolución del pleno de la SCJ acogiendo la inhibición de la magistrada Garabito, así como declarando su incompetencia para conocer la recusación. La resolución emitida por el pleno de la SCJ, 65 días después de haberla recibido, fue hecha del conocimiento de las querellantes 85 días después de depositada
A pesar de que han pasado más de 45 días desde la presentación de la segunda recusación, el pleno aún no ha conocido ni fallado sobre ella. Mientras tanto, el juicio en el segundo colegiado está programado para el 28 de noviembre, es decir dentro de unos días. Esta situación se suma a la demora de más de 9 meses en la celebración de la audiencia para conocer los recursos de apelación, lo que, junto con la mora judicial, podría favorecer alegaciones de prescripción y extinción de la acción pena.